Distintivo de calidad de producción del hormigón que establece el CodE 470/2021, de 29 de junio en su artículo 18 que de forma voluntaria, los productos y los procesos productivos de hormigón pueden disponer de las garantías necesarias para que se cumplan los requisitos mínimos contemplados en el mismo, mediante la incorporación de sistemas (como por ejemplo, los distintivos de calidad) que avalen, a través de las correspondientes auditorías, inspecciones y ensayos, que sus sistemas de calidad y sus controles de producción, cumplen las exigencias requeridas para la concesión de tales sistemas.
