Colaborar con AEPC

Participación en las actividades públicas de la asociación y otras en las que AEPC colabore

Ficha propia en el directorio de la asociación, en la web y en todos los soportes en los que se publique el listado de colaboradores.

 

¿QUIÉN PUEDE SER COLABORADOR?

  1. ASOCIACIONES EMPRESARIALES: Aquellas asociaciones de carácter empresarial que por su actividad, objetivos o fines estén relacionadas con las actividades del gremio de pavimentos continuos.
  2. COLECTIVOS PROFESIONALES: Los colectivos colegiales o asociativos que representen a profesionales relacionados, por su actividad o fines, con las actividades del gremio de pavimentos continuos.
  3. MEDIOS DE COMUNICACIÓN: Publicaciones especializadas, impresas o digitales, relacionadas con el gremio de pavimentos continuos.
  4. OTRAS ENTIDADES: Cualquier entidad, de tipo público o privado, que esté interesada en los fines de la asociación y no se puede clasificar dentro de las categorías anteriores.

REQUISITOS PARA COLABORAR

  • Entidades legalmente constituidas, que envíen su propuesta de acuerdo marco de colaboración.
  • La actividad, objetivos o findes de la entidad colaboradora deben estar vinculados, de algún modo a la actividad de la asociación.

 

¿CUÁNTO CUESTA SER ENTIDAD COLABORADORA?

Las entidades colaboradoras no deben abonar ningún tipo de cuota. AEPC tampoco abonará ningún tipo de cuota a las entidades colaboradoras.

 

Para más información póngase en contacto con el Secretariado de AEPC.